Actualizado con el BOE y la Sede de la AEAT · Última revisión: octubre 2026
AVISOHacienda anuncia que aplazará VeriFactu a octubre de 2028, pero aún no está en el BOE: hoy siguen vigentes 1/1/2027 (sociedades) y 1/7/2027 (autónomos) — qué está aprobado y qué no
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VeriFactu vs factura electrónica: diferencias, fechas y qué te afecta

Verificado el 19/10/2026 contra la Orden HAC/1028/2026 (BOE) y la Sede de la AEAT.

Aviso de actualización: el Ministerio de Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026, en una nota informativa (texto íntegro), que prevé aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023. Ese aplazamiento todavía no figura en ninguna norma publicada en el BOE: el texto consolidado del RD 1007/2023 y la nota de la AEAT sobre plazos mantienen el 1 de enero de 2027 (sociedades) y el 1 de julio de 2027 (resto de obligados). Te explicamos qué está aprobado y qué no.

España tiene en marcha dos reformas distintas de la facturación que llegan casi a la vez, y la mayoría de autónomos las confunde. Cumplir una no significa cumplir la otra. Aquí está la diferencia, sin rodeos.

La tabla que lo aclara todo

VeriFactu Factura electrónica B2B
Norma RD 1007/2023 (Ley Antifraude 11/2021) Ley Crea y Crece 18/2022 + RD 238/2026 + Orden HAC/1028/2026
Qué regula Tu programa de facturación (que no se pueda manipular) El formato y circuito de la factura entre empresas
A quién obliga A quien facture con software (cualquier cliente) Solo operaciones entre empresas y autónomos (B2B)
Fecha empresas 1 de enero de 2027 6 de octubre de 2027 (si >8 M €; + informar estados/pagos)
Fecha autónomos 1 de julio de 2027 6 de octubre de 2028 (emitir/recibir) + 6 de octubre de 2029 (informar estados/pagos)
Fecha sociedades ≤8 M € 1 de enero de 2027 6 de octubre de 2028 (emitir/recibir + informar estados/pagos)
¿Facturar a mano me exime? Sí (VeriFactu solo regula software) No: la factura B2B deberá ser electrónica sí o sí
Organismo AEAT AEAT + plataformas de intercambio

VeriFactu en 30 segundos

Regula el software: registros inalterables, hash encadenado, QR en cada factura, envío de registros a la AEAT. Si facturas a mano, no te afecta. Si usas cualquier programa o TPV, este debe cumplir desde tu fecha. Guía completa.

Factura electrónica B2B en 30 segundos

Cambia la factura misma: cuando vendas a otra empresa o autónomo, la factura deberá emitirse en formato electrónico estructurado y circular por plataformas conectadas, con información del pago (el objetivo de la ley es combatir la morosidad). Las facturas a particulares (B2C) quedan fuera. El reglamento (RD 238/2026) ya está publicado; los plazos corren desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1028/2026 (06/10/2026): 12 meses (>8 M €), 24 meses (resto), 36 meses (personas físicas informar estados/pagos).

Actualización: el 5 de octubre de 2026, Hacienda anunció que quiere hacer coincidir VeriFactu con la factura electrónica de pymes y autónomos en octubre de 2028; aún no está en el BOE (detalle).

Actualización (12/10/2026): Las fechas son ahora oficiales según la Orden HAC/1028/2026 y la nota de la AEAT de 07/10/2026. Sustituyen a las estimaciones anteriores (~octubre 2027/2028). Y si lo que buscas es dónde encaja Facturae en todo esto —es una tercera cosa, ni VeriFactu ni la capa B2B—, lo explicamos aquí: Facturae vs VeriFactu.

Las 4 confusiones más comunes

  1. "Ya uso un programa adaptado a VeriFactu, así que cumplo con la factura electrónica." No. Son obligaciones distintas; tu software tendrá que soportar además el formato y el intercambio B2B cuando llegue tu fecha (2027/2028/2029 según tu caso).
  2. "Facturo a mano, estoy libre de todo." Solo de VeriFactu. De la factura electrónica B2B no: si tus clientes son empresas o autónomos, en 2028/2029 tendrás que emitir electrónico e informar estados/pagos.
  3. "Un PDF por email es una factura electrónica." Con la nueva norma, no: se exigirá formato estructurado por plataformas, no un simple PDF.
  4. "Esto es solo para empresas grandes." Las fechas empiezan por las grandes, pero terminan alcanzando a todos los autónomos: julio de 2027 (VeriFactu) y octubre de 2028/2029 (factura electrónica B2B según tu caso).

Qué hacer, en orden

  1. Ahora: verifica que tu programa (o el que vayas a contratar) cumple VeriFactu — pide la declaración responsable o consulta nuestro directorio.
  2. Antes de julio de 2027: ten el software en regla (autónomos).
  3. Durante 2027–2029: confirma con tu proveedor de software que soportará la factura electrónica B2B de Crea y Crece en tu fecha exacta. Los principales ya lo anuncian; que quede por escrito.
  4. ¿Dudas de tu caso concreto? Haz nuestro test de 2 minutos.

Fuentes oficiales: RD 1007/2023 (BOE) · Ley 18/2022 "Crea y Crece", art. 12 (BOE) · RD 238/2026 (BOE) · Orden HAC/1028/2026 (BOE-A-2026-20587) · Sede AEAT, nota "Solución Pública de Facturación Electrónica" 07/10/2026 · FAQ de SIF/VERI*FACTU.

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