VeriFactu en hostelería: qué cambia en tu bar en 2027

Verificado el 21/09/2026.
La hostelería funciona a base de tickets — y los tickets (facturas simplificadas) están plenamente dentro de VeriFactu. Si llevas un bar, restaurante o cafetería, tu TPV deberá cumplir el reglamento desde el 1 de julio de 2027 (autónomos) o el 1 de enero de 2027 si operas como sociedad.
¿Llevas un bar o un restaurante? Tenemos una guía específica, con el límite real del ticket (3.000 €, no 400 €) y el caso "factura con NIF": VeriFactu en bares y restaurantes.
Qué cambia en el día a día
- Cada ticket llevará un código QR verificable ante la AEAT.
- Nada de borrar o modificar tickets: cada emisión genera un registro con huella encadenada; las correcciones se hacen con anulaciones/rectificativas que dejan rastro.
- El sistema genera registros de facturación encadenados y puede remitirlos a la AEAT (modalidad VERI*FACTU) o conservarlos firmados (modalidad no VERI*FACTU). El registro de eventos solo es obligatorio en la segunda modalidad.
- Las comandas en sí no son facturas; lo regulado es el documento de cobro que emites. Tu proveedor de TPV debe separar bien ambas cosas.
Qué NO cambia (y conviene saberlo antes de que te vendan de más)
Un proveedor con prisa por cerrar la renovación tenderá a presentarlo todo como novedad. No lo es:
- El ticket de papel sigue siendo válido. VeriFactu no obliga a digitalizar la entrega al cliente. Cambia lo que ocurre detrás.
- Los límites de importe no se tocan. La hostelería y restauración están en la lista del artículo 4.2.e) del RD 1619/2012, con tope de 3.000 € IVA incluido por factura simplificada. La cifra de 400 € es la regla general para actividades que no están en esa lista — no la tuya. Detalle completo en factura simplificada: requisitos y límites.
- El contenido obligatorio del ticket es el mismo del artículo 7.1: número y serie correlativos, fecha, NIF y nombre completo del emisor, tipo de bienes o servicios, tipo impositivo, contraprestación total. VeriFactu añade el QR, no sustituye nada.
- Las comandas no pasan a ser facturas. Siguen siendo documentos internos de organización de sala y cocina.
- Si facturas a mano, en talonario de papel, sin ningún programa, el reglamento de sistemas informáticos no te alcanza. Es un caso raro en hostelería, pero existe en negocios muy pequeños.
Comandas, prefacturas y el punto donde la AEAT sí mira
Es el matiz que más se malinterpreta. Que la comanda no sea factura no significa que el sistema que la genera quede fuera.
El criterio publicado por la AEAT en sus preguntas frecuentes sobre SIF y VERI*FACTU es que un sistema de prefacturación tiene que estar "vinculado indefectiblemente al sistema de emisión de facturas, formando una unidad". Un montaje en el que la sala anota en un software A que no deja rastro y luego alguien teclea a mano en un TPV B lo que se decida cobrar es exactamente el patrón que el reglamento persigue.
Traducido a tu local: la pregunta correcta al proveedor no es "¿el TPV cumple?", sino "¿el módulo de comandas y el de facturación son el mismo sistema, y queda registro de lo que se anuló entre uno y otro?".
Los cuatro puntos que fallan en un local real
| Situación | Qué mirar | Por qué importa |
|---|---|---|
| Anulaciones e invitaciones | Que el TPV genere un registro de anulación encadenado, no un borrado | "Borrar la mesa 7" al cierre de caja deja de ser posible sin rastro |
| Menú con varios tipos de IVA | Que el ticket desglose la base imponible de cada tipo | El artículo 7.1.f) lo exige cuando hay tipos distintos; muchos TPV antiguos solo imprimen el total |
| Varios puntos de venta (barra, terraza, delivery) | Series separadas por establecimiento, si así lo organizas | El artículo 7.1.a.1.º lo permite expresamente; con registros encadenados, mezclar series complica la trazabilidad |
| Agregadores de delivery | Cómo concilia el TPV esas ventas | La factura que tú emites por tus ventas sigue tus reglas, con independencia de la liquidación de la plataforma |
Un quinto punto sin respuesta cerrada: las propinas. Una propina voluntaria no es contraprestación del servicio, pero la forma en que cada TPV la imprime y la registra varía mucho. No hay criterio específico publicado por la AEAT para su tratamiento en los registros de facturación — pendiente de criterio de la AEAT. Si tu TPV las mete dentro del total del ticket, pregúntalo por escrito al proveedor.
Por qué la hostelería es el sector más señalado
El objetivo declarado de la Ley Antifraude 11/2021 es acabar con el software de doble uso (cajas B), históricamente asociado a sectores de mucho efectivo y ticket medio bajo. Consecuencias prácticas:
- La tenencia de software que permita ventas ocultas ya es sancionable hoy, sin esperar a 2027: 50.000 € por ejercicio para el usuario, según el artículo 201 bis LGT. Lo desarrollamos en software de doble uso.
- Con VeriFactu, los registros quedan encadenados: el "borrado de tickets" a final de caja deja de ser técnicamente posible sin dejar huella.
- La multa no es por factura. Es una sanción fija por ejercicio por tener o usar el sistema que no cumple. Ver sanciones y la calculadora de exposición.
Caja registradora antigua: el caso que casi nadie te explica
Si tu local cobra con una caja registradora electrónica sencilla —sin gestión de mesas, sin informes, solo sumar e imprimir— la respuesta no es automática. Lo que determina si estás dentro es si ese equipo es un sistema informático de facturación en el sentido del RRSIF: si emite el documento de cobro que entregas al cliente, lo es a efectos prácticos, y deberá cumplir o ser sustituido.
Hay una salida que casi nunca se menciona: el equipo antiguo puede conservarse para consultar el histórico si se demuestra que ya no puede emitir facturas (desinstalado o con la emisión bloqueada); la AEAT recomienda exportar los registros antes. Si queda instalado y con capacidad de facturar, la mera tenencia ya es la infracción. Está desarrollado en ¿qué pasa si no cumplo?.
Checklist para tu negocio (hazlo en 2026)
- Llama a tu proveedor de TPV y pide por escrito: "¿Tendrá declaración responsable conforme al RRSIF? ¿Qué versión? ¿La actualización entra en mi mantenimiento o cuesta aparte? ¿En qué fecha?".
- Pregunta por la modalidad: ¿remisión a la AEAT (VERI*FACTU) o conservación firmada? Afecta a lo que se imprime en el ticket y a lo que tienes que custodiar.
- Comprueba el desglose por tipos de IVA en un ticket real de menú con bebida incluida.
- Haz una anulación de prueba y mira qué queda registrado.
- TPV antiguo o a medida: presupuesta la renovación con margen. El último trimestre antes de la fecha habrá cuello de botella de instaladores, como ya pasó con otras transiciones.
- Inventaría todos los dispositivos que emiten tickets: barra, terraza, camarero con comandero, punto de recogida. Todos deben cumplir.
- Compara opciones adaptadas en el directorio y entiende por qué no existe una lista oficial de homologados.
Preguntas frecuentes
¿Puedo seguir dando ticket de papel? Sí. Cambia lo que hay detrás (registro encadenado y QR), no el soporte: papel o digital, a tu elección.
¿Cuál es el importe máximo de un ticket en hostelería? 3.000 € IVA incluido, por el artículo 4.2.e) del RD 1619/2012. El límite de 400 € es la regla general para actividades que no están en esa lista.
¿Y si el cliente quiere factura con su NIF para deducirla? Puedes emitir una factura simplificada cualificada: añade NIF y domicilio del destinatario y la cuota repercutida por separado, conforme al artículo 7.2. Así habilita la deducción sin emitir factura completa.
¿La app gratuita de la AEAT me sirve para el bar? No: no emite facturas simplificadas y exige identificar al destinatario, algo inviable en barra. Necesitas un TPV adaptado (análisis de la app).
¿Las comandas tienen que llevar QR? No. La comanda es un documento interno, no una factura. Lo que sí exige la AEAT es que el sistema de prefacturación esté vinculado al de facturación, sin saltos manuales que borren el rastro.
¿Qué pasa si mi TPV no está adaptado en julio de 2027? La exposición es la sanción fija del artículo 201 bis LGT, 50.000 € por ejercicio por tenencia o uso del sistema no conforme, no una multa por cada ticket (sanciones).
Estoy en módulos, ¿me libro? No. El régimen de estimación objetiva no exime del reglamento de facturación ni del RRSIF — explicación completa para módulos.
Fuentes oficiales: RD 1007/2023 y RRSIF (BOE-A-2023-24840) · Ley 11/2021 (BOE), art. 201 bis LGT · RD 1619/2012 (BOE-A-2012-14696), arts. 4 y 7 · Sede electrónica de la AEAT, preguntas frecuentes sobre SIF y VERI*FACTU.
Contenido puramente informativo. No constituye asesoramiento fiscal ni legal. Verificado el 21/09/2026.
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